RESOLUCIÓN –STJ- Nº 426-2017

Reconocimiento a profesionales mediadores que intervengan en la tercera circunscripción judicial y se domicilien a más de 100 kilómetros [1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Dictada el 15-11-17.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

Visto y Considerando: La nota presentada por las Abogadas Verónica M. Burgos y Silvana A. Rodríguez, mediante la cual solicitan se haga extensiva en la Tercera Circunscripción Judicial, la Resolución Nº 249/16, que reconoce a los profesionales mediadores que intervengan en causas radicadas en la ciudad de Victorica y que se domicilien a más de 100 kilómetros, el valor de tres 83) UMED, en concepto de gastos de traslado, por viaje realizado.

 

Que por nota de fecha 28 de septiembre de 2017, la Sra. Coordinadora del Centro Público de Mediación Judicial, Dra. María del Carmen García Fava, eleva a consideración de este Superior Tribunal de Justicia la solicitud formulada.

 

Que posteriormente, mediante nota de fecha 19 de octubre de 2017, la Dra. García Fava, amplía lo informado e indica que en la Tercera Circunscripción Judicial se dan las mismas condiciones de falta de mediadores, y que las citadas mediadoras, domiciliadas en Santa Rosa, han contribuido con sus tareas a sostener el servicio brindado desde este Poder Judicial.

 

Que conforme lo establece el art. 68 de la Ley Nº 2699  – Mediación Integral- la regulación de las retribuciones y honorarios de los profesionales intervinientes en los procesos de mediación, se efectuará a través de UMED, cuyo valor es equivalente a la Tasa General de Actuación estipulada por la Ley Impositiva, para los servicios de carácter judicial.

 

Que en mérito de lo expuesto y a efectos de no resentir el servicio de justicia brindado en la Tercera Circunscripción Judicial se estima pertinente el reconocimiento de tres (3) UMED a aquellos profesionales mediadores que intervengan en causas radicadas en la ciudad de General Acha y que no se domicilien en la citada Circunscripción Judicial, en concepto de gastos de traslado, el cual deberá afrontarse con la cuenta especial creada por el art. 73 d ela citada Ley “Fondo de Financiamiento Mediación Integral”.

 

Por ello, el Superior Tribunal de Justicia

RESUELVE:

 

Primero: Reconocer a los profesionales mediadores que intervengan en causas radicadas en laciudad de General Acha que no se domicilien en la Tercera Circunscripción Judicial, el valor de tres (3) UMED, en concepto de gastos de traslado, por viaje realizado.

 

Segundo: El reconocimiento, se aplicará a las mediaciones judiciales que se realicen con posterioridad a la fecha de la presente resolución, y debera incluírse en la factura de los honorarios correspondientes, en un renglón aparte bajo el concepto “Reconocimiento gastos de traslado”.

 

Tercero: Regístrese. Notifíquese. Protocolícese.

 

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.